Servicios públicos
Multas Fotográficas
Supervisamos el servicio de fotomulta, que consiste en un sistema de captación, registro gráfico y procesamiento de infracciones de tránsito, como la violación de luz roja, invasión de senda peatonal y exceso de velocidad. Este sistema opera conforme a las definiciones de la Ley 24.449 de Tránsito y Seguridad Vial de la Nación y el Digesto de Tránsito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Obligaciones del prestador
Equipamiento tecnológico
- El equipamiento debe ser de tecnología digital y contar con dispositivos adecuados para el registro de imágenes de las infracciones.
- Los dispositivos deben ser inviolables y no deben habilitar su adulteración bajo ninguna circunstancia.
Homologación y funcionalidad del equipamiento
- Proveer equipamiento para la constatación de infracciones, incluyendo violación de luz roja, invasión de senda peatonal y exceso de velocidad.
- Todo el equipamiento debe estar debidamente homologado y calibrado por el Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTI).
Información que debe constar en un acta de infracción
- Número de acta de comprobación.
- Nombre del propietario del vehículo infractor.
- Marca, modelo y dominio del vehículo infractor.
- Tipo de infracción.
- Fecha, hora y lugar de infracción.
- Individualización del equipo que se utilizó para la comprobación de la infracción.
- Fotografía del vehículo que muestre de manera clara e inequívoca la infracción cometida, detallando el dominio (número de patente) de éste.
¿Qué podés denunciar?
La prestación defectuosa del servicio de captación, registro gráfico y/o procesamiento de su infracción.